La publicidad utilizada por la Escuela Española de Mediación y Resolución de Conflictos o la expuesta en sus medios atenderá en todo momento a la legalidad, en particular los requisitos establecidos por la Ley 34/1988 General de Publicidad y posteriores modificaciones.

La publicidad debe ser respetuosa con la dignidad humana, la salud y la seguridad, que no sea engañosa ni incite a conductas ilegales o peligrosas. Además los derechos y valores de la sociedad se respetarán por encima de todo.

La publicidad debe evitar todo aquello que lesione los conceptos y valores esenciales de la sociedad como son, entre otros:

  • Las Personas.
  • La legislación vigente.
  • Las autoridades e instituciones
  • Las distintas religiones.
  • El patrimonio cultural y las tradiciones de cada cultura.
  • Los derechos individuales.

Somos responsables con nuestra publicidad.

La publicidad debe ser respetuosa con la dignidad humana, la salud y la seguridad.

En consecuencia, la publicidad no debe contener expresiones o representaciones, visuales o auditivas, ni alusiones impropias que:

  • Ofendan la moral o las buenas costumbres prevalecientes en la sociedad y en las comunidades que la componen.
  • Ofendan la libertad y dignidad humana.
  • Ofendan los sentimientos religiosos.
  • Estimulen actividades ilícitas y el desacato a las leyes y autoridades.
  • Estimulen cualquier forma de violencia o discriminación.

No se hará publicidad engañosa, entendiendo como tal cualquier forma de presentación de los servicios ofrecidos que pueda inducir a error pudiendo afectar al destinatario en su comportamiento económico o perjudicar a la competencia.

No se hará una publicidad desleal que pueda provocar el descrédito, denigración o menosprecio directo o indirecto de cualquier otra Empresa o marca. Se prohíbe la publicidad subliminal siendo aquella que no es percibida conscientemente por el destinatario.

La Escuela Española de Mediación y Resolución de Conflictos, nunca realizará publicidad que pueda perjudicar al medio ambiente o al entorno social. Promoverá la sostenibilidad, los buenos valores y costumbres.

Cualquier indicio de incumplimiento de los Principios de Publicidad Responsable deber se comunicado a la Organización. Sin perjuicio de las responsabilidades legales procedentes, la violación de los Principios de Publicidad, será objeto de las medidas correctivas oportunas, determinando en caso de incumplimiento, las sanciones correspondientes.